El impuesto de la velocidad

Antes de exponer mi punto de vista sobre la gestión que las autoridades de tráfico hacen sobre el duro y prohibicionista Reglamento General de Circulación, debo decir que leyes y reglamentos en vigor están para que se cumplan, aunque, en no pocas ocasiones, no nos gusten o, a veces, sean aplicados de forma arbitraria o incorrecta.

El Reglamento General de Circulación tipifica 69 condiciones de infracción – contando como una sola, las leves, graves y muy graves – de las cuales solo 7 están directamente relacionadas con la velocidad, lo que representa el 10% de las mismas. No obstante, tanto la DGT como los ayuntamientos han desplegado las tecnologías más punteras para detectar primero y sancionar después a aquellos conductores que infrinjan los preceptos comprendidos dentro de ese 10 %; despliegue este, que no tiene parangón con el mostrado para la persecución del resto de las infracciones. Si tenemos en cuenta que la velocidad no siempre es la causa de los accidentes – como veremos más adelante – y los tipos de infracción no relacionados con la velocidad son más numerosos y que además causan la mayoría de los accidentes, entonces ¿Cuál es la causa de esta diferenciada actitud de las autoridades? La respuesta creo que tiene dos vertientes:

–       La recaudación que generan las sanciones impuestas por exceso de velocidad, para las que se utilizan cinemómetros (rádares) en los que, curiosamente, no se han regateado recursos de adquisición, instalación o explotación; justo al contrario de lo que sucede en la persecución de otras infracciones, en las que el despliegue de recursos parece haber sido mucho más discreto, sin duda debido a la dificultad técnica para su aplicación, a la inexistencia de medios técnicos apropiados y, sobre todo, a la escasa rentabilidad de los recursos que se emplearan en ello.

–       Amedrentar a los conductores tras haberles hecho pagar muy caro sus extralimitaciones de velocidad, con el único objeto de reducir la velocidad media del conjunto del tráfico rodado, pues, como es bien conocido, reduciendo la velocidad de los vehículos también se reduce el número de víctimas que causan.

Valoro muy positivamente todo cuanto se haga para reducir las víctimas del tráfico, pero considero una frivolidad, o algo peor, confundir a la opinión pública señalando a la velocidad como la casi única causa de los accidentes de tráfico y, seguidamente presumir de que la reducción de accidentes lograda ha sido por obra y gracia del empeño puesto por las autoridades, cuando la realidad es que este empeño ha sido impulsado, en gran medida, por un acusado afán recaudador que, con tan rara habilidad tratan de disimular y que, en mí opinión, resta gran parte de su mérito. Nunca he estado de acuerdo con la represión como método para lograr objetivos; debido a ello, espero de las autoridades democráticas medidas mucho más imaginativas para lograr lo que se proponen y, con relación al tema tráfico, tales medidas pasan invariablemente por la educación y la formación, sin olvidar también el establecimiento o modificación de métodos – de los que más adelante apunto alguno – que determinen con mayor fiabilidad las aptitudes prácticas de los presentes y futuros conductores de vehículos automóviles.

También sería muy interesante conocer cuál ha sido el impacto de la crisis que estamos atravesando sobre la disminución de los accidentes de tráfico, pues, a lo mejor, habría que rebajar el tan publicitado nivel de éxito logrado.

El transporte de personas o mercancías, se hace a una velocidad adecuada pero no a «paso de tortuga», lo que la convierte en la causante del 100 % de los daños personales y materiales que se producen en aquella actividad; cuanto mayor sea – aunque esté dentro de los límites permitidos –, mayores serán también los daños que ocasione. Me permito hacer notar que si dos vehículos colisionan frontalmente circulando cada uno de ellos a 50 Km/h pero en sentidos contrarios, los desperfectos que ocasionen serán los mismos que si lo hicieran a 100 Km/h uno y parado el otro y que, como cualquiera puede imaginar, serán bastante considerables, aún estando sus velocidades dentro de las comúnmente admitidas como moderadas. Así pues, estas velocidades moderadas – que por otro lado, no son demasiado perseguidas por los cinemómetros -, tampoco garantizan una ausencia total de riesgo, en contra de lo que tratan de hacernos creer algunos mensajes emitidos en los medios.

El ejemplo anterior también puede valer para enumerar sus posibles causas:

–       reventón de rueda (especialmente delantera);

–       distracción de uno o ambos conductores;

–       mareo o desvanecimiento de uno o ambos conductores;

–       avería en la dirección de uno o ambos vehículos,

–       fuerte golpe de viento sobre los vehículos;

–       obstáculo imprevisto o irregularidad en la calzada que altera la trayectoria de los vehículos;

–       patinazo de uno o ambos vehículos;

–       acuaplaning de uno o ambos vehículos;

–       exceso de velocidad de uno de los vehículos, que le imposibilita tomar la curva – en la que se produce la colisión – siguiendo la trayectoria normal de la misma.

De estas nueve posibles causas del siniestro, solo las dos últimas son atribuibles al exceso de velocidad (22.2 %), pero, a buen seguro, en los medios se daría la noticia señalando a la velocidad inadecuada como causa del accidente, hecho que predispondría al público en general a admitir de buen grado cualquier iniciativa que se tomara para reprimir sus extralimitaciones, a la vez que se establecerían las bases para desprestigiar a los conductores y para tratar a algunos como delincuentes de la peor catadura.

Dicho lo cual, y viendo los recursos que con tanta rapidez y celo han desplegado las autoridades para perseguir nuestras extralimitaciones de velocidad, planteo las  cuestiones siguientes:

–       ¿porqué se autoriza la venta de vehículos capaces de superar, con mucho, la velocidad máxima permitida?;

–       Antes de expedir un carnet de conducir ¿qué prueba ha superado su receptor, que lo avale para conducir un vehículo a la máxima velocidad permitida?

Supongo que nuestras autoridades tendrán una cumplida respuesta a la primera cuestión que yo ignoro completamente – pese a haber intentado lo contrario -, aunque podría imaginármela sin mucha dificultad. A la segunda cuestión, tampoco tengo una clarificadora respuesta, de modo que aquí dejo a quien corresponda este espinoso tema por si merece la pena su estudio y resolución.

Conducir un vehículo es difícil – aunque, a fuerza de hacerlo, pueda no parecerlo – y solo controlar su velocidad supone para el conductor, un ejercicio permanente de acelerar y decelerar que mantenga su velocidad dentro de los límites permitidos, a la vez de vigilar el velocímetro y demás circunstancias del tráfico. Considerando solamente los innumerables cambios de limitación de velocidad de cualquier carretera española normal, ¿sabría alguien cuantas veces se ve obligado un conductor a variar la velocidad de su vehículo, tras un viaje de medio recorrido? De esta cuestión también se desprende la siguiente ¿Cuánto tiempo es capaz una persona normal de mantener vigilado el velocímetro de su coche para mantenerlo dentro de los límites de velocidad permitidos? La respuesta a esta cuestión, la conocen perfectamente los estudiosos del comportamiento humano y tengo el presentimiento de que no debe ser demasiado, variando, lógicamente, de unas personas a otras. Al hilo de esto, reflexiono de nuevo ¿quién al mirar el velocímetro de su coche no ha observado que, en un determinado momento, su velocidad supera la máxima permitida sin haberlo deseado? Esta circunstancia me ha ocurrido en más de una ocasión, y deduzco que también ha debido sucederles a otros muchos conductores, lo que a ninguno nos libraría de ser denunciados y sancionados si tal extralimitación de velocidad fuese detectada por el radar de turno, aunque ello no entrañara un peligro más allá del hecho de conducir un vehículo.

Desde mis inicios como conductor, he tratado siempre de conducir a la velocidad que he considerado segura, evaluándola en función de las circunstancias del tráfico, señalización, nivel de iluminación, estado y trazado de la carretera, condiciones atmosféricas, condiciones climáticas y las señalizaciones sobre velocidad; pero, si he de ser sincero, aclaro que, hasta hace poco, a estas últimas solamente las he considerado como guía de gran ayuda – si, si, ya sé lo que dice el Reglamento -, y no como dogma a respetar «a pies juntillas», pues antes y ahora creo que las cifras exhibidas en ellas oscilan entre un fuerte conservadurismo (la mayor parte) y un valor excesivo, a lo que, no pocas veces, se une su deficiente y escasa localización. Por cierto, ¿Qué criterio sigue la Administración para señalizar la red viaria? ¿Qué cualificación deben tener quienes deciden su señalización? ¿En qué documentos o información pertinente se basan quienes las implantan? Soy un furibundo lector de todo tipo de textos, pero no recuerdo haber leído nunca algo que me aclarara estas dudas. Curiosamente, tampoco recuerdo haber leído u oído jamás que la causa de un accidente de tráfico hubiera sido una mala señalización, algo que me resulta bastante extraño, pues he pasado por no pocas carreteras mal o deficientemente señalizadas. Específicamente quiero referirme a la señalización de obras que, en su mayor parte es una verdadera catástrofe, por lo que pregunto a quien corresponda ¿Cuándo se va a poner orden en este asunto?

Mi carnet de conducir, como el de otras muchas personas, fue expedido hace más de cuatro décadas; desde entonces hasta ahora, se han producido innumerables cambios, modificaciones y ampliaciones al antes llamado Código de Circulación y ahora Reglamento General de Circulación. Obviamente, disto mucho de sabérmelo «al pie de la letra», de la misma manera que hoy no sabría resolver un problema elemental de cálculo diferencial que otrora si supe; no obstante, y tras haber rodado, más o menos, 1.000.000 de Km por esas, a veces, muy deficientes carreteras, jamás he tenido – gracias a Dios – el menor percance, como, sin duda, también les habrá sucedido a otros muchos conductores. Digo esto, porque el conocimiento «al dedillo» del Reglamento está muy bien, pero no garantiza absolutamente a nadie su éxito como conductor; éxito muy vinculado a unas buenas cualidades de: aptitud personal, conducción habitual, experiencia, sentido común, educación y formación.

En ningún modo pongo en tela de juicio la calidad de la enseñanza que imparten las academias de conducir, pues estoy plenamente convencido que hacen lo que se espera de ellas, pero no creo que descubra la pólvora si afirmo que para conseguir un carnet de conducir, solo son precisos estos condicionantes: deseo de tenerlo, saber leer y escribir, tiempo, dinero y unas adecuadas condiciones físicas básicas; porque ¿a cuántas personas se les habrá expedido el carné – tras superar satisfactoriamente los exámenes correspondientes – sin poseer unas mínimas cualidades para conducir? Cualquier profesor de autoescuela sabe perfectamente, tras observar la forma de conducir de alguien, si éste posee las cualidades que le faciliten el éxito como conductor. En mi opinión, la cualidad de mantener la atención durante la conducción de un vehículo, es una de las más sobresalientes, por lo que, de nuevo afirmo que, no conozco la existencia de prueba alguna válida para evaluar la capacidad de alguien para mantener su atención durante la conducción de un vehículo, si exceptúo esa extraña y más que extravagante prueba, consistente en llevar a un par de palotes por una pantalla de ordenador sin que tropiecen con los laterales de unas onduladas pistas que se desplazan interminablemente por ella; prueba esta, que parece estar más pensada para destrozar los nervios de quien se somete a ella, que para otra cosa.

Tampoco tengo conocimiento que al futuro conductor se le explique, con la extensión necesaria, conceptos que son fundamentales para gestionar con éxito el movimiento de su vehículo, tales como, centro de gravedad, fuerza centrípeta, inercia, rozamiento o fuerzas provocadas por el viento; pero en cambio, se le explican otros conceptos cuyo conocimiento no está mal, pero no contribuyen en absoluto a mejorar la seguridad del movimiento de su vehículo, tales como, pistón, embrague o cigüeñal.

También quiero referirme a los adelantamientos, a los que considero una de las más peligrosas maniobras que además conllevan un previo, rápido y potente ejercicio mental del conductor, durante el que evalúa la distancia necesaria para adelantar al vehículo que le precede, tras tomar en consideración las velocidades de este, la del que le pueda venir de frente y la del suyo, incluyendo su capacidad de aceleración. Realizar correctamente este proceso mental es garantía de éxito en cualquier adelantamiento. Dicho esto y, suponiendo válidas las capacidades visuales del conductor, reflexiono de nuevo ¿qué pruebas se realizan para evaluar la capacidad de alguien para superar con éxito un adelantamiento? Dar una acertada respuesta a esta cuestión, podría conducir decisivamente a disminuir los muchos y nefastos accidentes por adelantamiento.

Así pues, dejo aquí estos interrogantes para que las autoridades de tráfico, relajen un poco su celo recaudatorio, centrado casi exclusivamente en la persecución de las extralimitaciones de velocidad, y dediquen más parte de su tiempo a solucionar otras importantes deficiencias relacionadas con el tráfico, que, sin duda, también contribuirán a disminuir la siniestralidad, a la vez que se mejorara  el deficiente y/o equivocado concepto que la sociedad en general está comenzando a tener de los conductores.

Finalmente, deseo llamar la atención sobre algunos mensajes que la administración de tráfico patrocina o ha patrocinado a través de televisión y otros medios de comunicación. En tales mensajes se ven no pocas  imágenes y comentarios en los que, de forma machacona, se muestran o describen  escenas que van de lo espeluznante a lo esperpéntico y algunas parecen ser más inspiradas por un sádico que por alguien con  deseo de informar formando al conductor, y que no sirven más que para provocar en algunos, un terror a la carretera que merman, a buen seguro, sus capacidades y cuyas negativas consecuencias sería muy interesante evaluar. Por otro lado, denuncio también que en algunos mensajes institucionales, sistemáticamente se señala al conductor como culpable, mostrándolo como irresponsable y, en no pocas ocasiones, como delincuente, algo de lo que las autoridades de tráfico no deberían sentirse satisfechas.

2 comentarios en «El impuesto de la velocidad»

  1. Estamos en un país en el que te tienes que apartar para dejar que te adelanten los infractores. Eso dice mucho en cuanto a nuestro sentido del civismo y de cómo están las leyes. Y lo peor es que hay que hacerlo en demasiados sitios, además de la carretera.

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